Presidente de la Sala Especializada en Propiedad Intelectual
Esta vez la maquinaria completa del INDECOPI conformada por los Vocales
Manuel Escobedo Ferradas, Gonzalo Ferrero Diez Canseco, Carmen Jacqueline
Gavelan Diaz, Ramiro Alberto del Carpio Bonilla flamantes mentes brillantes del
INDECOPI y con la huida de Maria Soledad Ferreyros Castañeda.
Estos alineados y corruptos Vocales no tuvieron la decencia de ver lo que decía el contexto general de los expedientes 000466-2002/ODA-INDECOPI y el expediente 3041-2016/ODA-INDECOPI la que tenia por resumen que Christopher Isla Santos, Karina Gonzalez Robledano y Mercy Aliaga Valles ayudados por funcionarios del INDECOPI permitieron que dichas personas se apropiaran de un software que nunca fue de la propiedad de ellos.
Estos son los Piratas Informáticos protegidos por Indecopi
Karina Gonzalez Robledano, Mercy Aliaga Valles y Christopher Isla Santos los 3 son protegidos por INDECOPI a toda costa
Lo único que hicieron este grupo selecto de Vocales mermeleros y vende patria, alineados con Yvett Jorg Lizano Gálvez y Edgar Martin Moscoso Villacorta, además protegiendo a la INSTITUCION INDECOPI por los actos dolosos que articuladamente realizaron por encargo de hacer daño al verdadero autor fue hacerse los ciegos, sordos y mudos. Con la única intensión de proteger sus puestos, sus sueldos y los beneficios que les da el estado con el dinero de todos los peruanos. Y para qué? Para que administren justicia como les dé la gana.
La Vocal de Indecopi Maria Soledad Ferreyros Castañeda
La abogada defensora del verdadero autor del 2002 al 2006 y que negocio su puesto como Vocal en Indecopi por más de 15 años a costa de encubrir a esta gente con influencias en el poder.
Fíjense en un DETALLE: La Resolución No 0673-2018 TPI-INDECOPI notificada el 17 de Abril del 2018 no fue firmada de la huidiza Vocal beneficiada Maria Soledad Ferreyros Castañeda.
Sin embargo en la Audiencia Oral del 16 de Marzo del 2018 se hizo la que no estaba enterada del asunto, y pregunto al demandante ¿Yo lo he defendido antes?, se le respondió que SI y salió corriendo sin dar explicación.
Eso quiere decir que desde ANTES DEL 16 DE MARZO, YA SABIA que había sido la abogada defensora del autor verdadero por esa razón ella el 17 de Abril del 2018 NO FIRMO La Resolución No 0673-2018 TPI-INDECOPI
Resolución N° 0673-2018/TPI-INDECOPI
Esta es la absurda y falta de capacidad analítica que los flamantes Vocales de INDECOPI emitieron para validar la Resolución de la Oficina en la que otros corruptos de Indecopi justificaban que el autor original No TENIA LEGITIMIDAD ACTIVA PARA OBRAR CON RESPECTO AL SOFTWARE ATT